Voto por correo para las elecciones del 29 de noviembre
El plazo para pedir el voto por correo terminó el 19 de noviembre. Si ya lo pediste, todavía puedes enviarlo hasta el 25.
El plazo para enviar el voto por correo terminó el 25 de noviembre.
Para votar por correo en las generales del 29 de noviembre de 2026, pídelo en Correos o en su web hasta el 19 de noviembre y envía el sobre por correo certificado, gratis, no más tarde del 25.
Fechas del voto por correo
| Pedir el voto por correo | Del 6 de octubre al 19 de noviembre |
|---|---|
| La Oficina del Censo Electoral envía la documentación | A partir del 9 de noviembre |
| Enviar el voto desde Correos | Como tarde el 25 de noviembre |
| Votación | domingo 29 de noviembre |
La ley fija el límite de envío en «antes del tercer día previo» a la votación, es decir, el 25. La nota del Gobierno dice «antes del 25», así que lo más seguro es enviarlo el 24 o antes. Algunos medios publicaron el 26: no es correcto.
Cómo se pide
Puedes pedirlo de dos formas:
- En la web de Correos, identificándote con el DNI electrónico o un certificado digital.
- En cualquier oficina de Correos, en persona y con tu DNI, pasaporte o carné de conducir originales. No sirve una fotocopia. Correos tiene cita previa.
En la solicitud indicas dónde quieres recibir los papeles: tu casa, el trabajo o un apartado de correos.
Si estás enfermo y no puedes ir: puede pedirlo otra persona en tu nombre, con un certificado médico oficial (gratuito) y una autorización ante notario o consulado. Cada autorización vale para un solo elector, y nadie puede representar a más de uno.
Qué te llega y cómo votar
A partir del 9 de noviembre recibes por correo certificado las papeletas, los sobres, un certificado de inscripción en el censo y un sobre con la dirección de tu mesa electoral. Tienes que firmar tú el acuse de recibo y enseñar tu documento de identidad. Si no estás en casa, te dejan un aviso para recogerlo en tu oficina de Correos.
Para votar:
- Elige la papeleta del Congreso (blanca) y métela en el sobre de votación blanco. Si votas también al Senado, marca en la papeleta sepia hasta tres candidatos (en las islas y en Ceuta y Melilla, menos) y métela en el sobre sepia (cómo se vota al Senado).
- Mete los sobres de votación y el certificado del censo en el sobre dirigido a tu mesa.
- Llévalo a una oficina de Correos, identifícate y envíalo por correo certificado. Es gratis.
Si no puedes llevarlo tú, puede hacerlo otra persona con tu autorización firmada, una fotocopia de tu documento y el suyo. Correos tiene un modelo de autorización.
Errores que anulan el voto por correo
- Meter el DNI o una fotocopia dentro del sobre de votación. La mesa lo da por nulo.
- Meter en el sobre del Congreso papeletas de dos partidos distintos. Es nulo. Dos papeletas del mismo partido cuentan como un voto.
- Tachar nombres o escribir algo en la papeleta. Es nulo.
- En el Senado, marcar más candidatos de los permitidos. Es nulo. Sin ninguna marca, cuenta como voto en blanco.
- Enviarlo tarde. Lo que llegue fuera de plazo no se cuenta.
Y una regla que pilla a mucha gente: si pides el voto por correo, ese día ya no puedes votar en tu colegio. El censo queda anotado para que no votes dos veces. Qué pasa con el voto en blanco y el nulo
Si estás fuera de España
| Situación | Qué hacer |
|---|---|
| Vives en el extranjero (inscrito en el CERA) | No hace falta pedirlo. La documentación se envía del 24 al 30 de octubre y las papeletas llegan entre el 4 y el 8 de noviembre (puede retrasarse al 14 si se recurren candidaturas). Envía el voto al consulado por correo certificado como tarde el 24 de noviembre, o deposítalo en la urna del consulado del 21 al 26 de noviembre. |
| Vives en el extranjero, pero estás estos días en España | Pídelo en Correos hasta el 19 de noviembre y envíalo antes del 25. |
| Vives en España y estarás fuera temporalmente | Pídelo en persona en el consulado o la embajada hasta el 31 de octubre. La documentación se envía a partir del 3 de noviembre. |
Calendario de las elecciones del 29-N
| Fecha | Qué pasa |
|---|---|
| 6 de octubre | Se publica la convocatoria en el BOE (Real Decreto 806/2026) |
| Del 12 al 19 de octubre | Consulta y reclamaciones del censo |
| Del 21 al 26 de octubre | Presentación de candidaturas |
| Del 31 de octubre al 4 de noviembre | Sorteo de los miembros de las mesas |
| Desde el 2 de noviembre | Se envían las tarjetas censales |
| Del 13 al 27 de noviembre | Campaña electoral |
| 19 de noviembre | Último día para pedir el voto por correo |
| 23 de noviembre | Último día en que se pueden publicar encuestas |
| 25 de noviembre | Último día para enviar el voto por correo |
| 28 de noviembre | Jornada de reflexión |
| 29 de noviembre | Votación, de 9:00 a 20:00 |
| Del 4 al 7 de diciembre | Escrutinio oficial en las juntas provinciales |
| 23 de diciembre | Se constituyen las nuevas Cortes |
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Preguntas frecuentes
- ¿Hasta cuándo puedo pedir el voto por correo?
- Hasta el 19 de noviembre de 2026, en cualquier oficina de Correos o en su web con DNI electrónico o certificado digital.
- ¿Hasta cuándo puedo enviar el voto por correo?
- La ley pone el límite en el 25 de noviembre. El Gobierno recomienda enviarlo antes de esa fecha, así que lo seguro es hacerlo el 24 o antes.
- ¿Cuesta dinero votar por correo?
- No. El sobre dirigido a la mesa se envía por correo certificado sin franqueo.
- ¿Puedo votar en persona si ya pedí el voto por correo?
- No. Al pedirlo, el censo queda anotado y no puedes votar en tu colegio el 29 de noviembre.
- ¿Puede pedirlo otra persona por mí?
- Solo si estás enfermo o incapacitado: con un certificado médico oficial y una autorización ante notario o consulado, una por elector.
- ¿Qué anula un voto por correo?
- Meter el DNI en el sobre de votación, mezclar papeletas de partidos distintos, escribir o tachar en la papeleta o enviarlo fuera de plazo.
Fuentes
Consultadas el 15-10-2026 (y contrastadas de nuevo el 16-10-2026).
- La Moncloa: ¿Cómo solicitar el voto por correo en las elecciones generales del 29 de noviembre? (14-10-2026).
- La Moncloa: Voto si resides en el extranjero (14-10-2026).
- La Moncloa: 29N: guía básica sobre las elecciones generales (horario, documentos, Senado, nulos, escrutinio, calendario).
- LOREG, arts. 72 y 73 (solicitud, enfermedad, entrega y plazo de envío).
- Correos: Voto por correo (solicitud web y modelo de autorización).
- Presentación de candidaturas: calculada a partir de la LOREG (art. 45: del día 15 al 20 tras la convocatoria).